Post by doinGlobal | 18 septiembre, 2023 | Law Volver al blog

Interés superior del menor de edad: una garantía para los derechos de niñas, niños y adolescentes

El interés superior del menor de edad es un principio informador de las instituciones de protección y un criterio preferente en los asuntos de familia, básico para garantizar los derechos durante la infancia y la adolescencia. Profundiza sobre él en esta nota.

El interés superior del niño, tal como lo reconoce el artículo 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño, es uno de los principios rectores que inspiran todo el sistema de protección integral de los niños, niñas y adolescentes. Se configura como un principio básico y preferente en el ordenamiento jurídico por lo que en todas las medidas concernientes a los menores de edad que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, se atenderá como consideración primordial su interés superior. Conocer este principio en profundidad es sumamente importante para cualquier jurista que se dedique a brindar servicios vinculados a la protección jurídica de personas menores de edad.

Abordaje jurídico del interés superior del menor de edad

El interés superior del menor de edad es un concepto jurídico indeterminado que debe concretarse en cada caso. Sólo tendrá un contenido preciso cuando se aplique a cada caso particular si bien responde a lo que se considera lo mejor para la persona menor de edad.

En sentido amplio, puede identificarse como un principio general del derecho que inspira cualquier actuación, de carácter público o privado, en relación con los menores. En sentido estricto, se trata de un principio interpretativo de las normas cuando existen menores de edad implicados.

¿Cómo transformó el interés superior del niño el derecho de familia?

La familia es la unidad fundamental para promover el crecimiento y el bienestar de las personas menores de edad. Partiendo de este principio de interés superior del niño, y con el fin de garantizar su plenitud y su integridad, el derecho de familia se ha reformulado adoptando como centro a la propia persona menor de edad y su protección. 

El derecho de familia ha ido evolucionando para adaptarse progresivamente a los derechos de los niños, niñas y adolescentes, su reconocimiento y su tutela. Esta evolución se evidencia, sobre todo, en la superación de un modelo de familia tradicional y jerarquizada en el que los menores de edad carecían de los derechos más elementales. Este modelo se sustituye por una pluralidad de modelos familiares, expresión de la realidad social, en los que la infancia adquiere especial protagonismo. La transformación del derecho de familia en este sentido puede constatarse en todos los ordenamientos jurídicos del mundo.

Es clave entender el interés superior del niño como un principio fundamental para promover que niños, niñas y adolescentes tengan un desarrollo integral y una vida digna.

Si buscas perfeccionar tus conocimientos para garantizar la protección jurídica de la infancia y la adolescencia, apúntate al Curso Superior en Derecho: Derecho de Niños, Niñas y Adolescentes, dictado y certificado por la Universidad de Salamanca en alianza con doinGlobal.

Esta nota fue elaborada con base en el módulo Protección del Menor en las Relaciones Familiares, desarrollado por la docente Nieves Martínez Rodríguez para el Curso Superior en Derecho: Derecho de Niños, Niñas y Adolescentes.

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